GLOSARIO DE CONDICIONES DE USO
Índice
Due diligence (KYC-KYB): actividad que consiste en:
- verificar la identidad del Cliente, cualquier Ejecutor y cualquier Beneficiario Final sobre la base de documentos, datos o información obtenidos de una fuente confiable e independiente;
- obtener información sobre el propósito y la naturaleza prevista de la relación en curso y, cuando se adopte un enfoque basado en el riesgo, de la transacción ocasional;
- ejercer un control constante durante la relación en curso.
Gerente superior: un director o gerente general u otro empleado delegado por el órgano de administración o el gerente general para seguir las relaciones con los clientes de alto riesgo; el alto directivo tiene un conocimiento adecuado del nivel de Riesgo de Blanqueo de Capitales al que está expuesto el destinatario y tiene un nivel de autonomía suficiente para tomar decisiones capaces de afectar a este nivel de riesgo.
Enfoque basado en el riesgo: indica un enfoque mediante el cual las autoridades competentes y las empresas identifican, evalúan y comprenden los riesgos de blanqueo de capitales a los que están expuestas las empresas y toman contramedidas acordes con esos riesgos.
Archivo Informático Único denominado AUI: un archivo, formado y gestionado por medio de sistemas informáticos, en el que toda la información adquirida en el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida se almacena de forma centralizada, de acuerdo con los principios previstos en el Decreto de Prevención de Blanqueo de Capitales y en las medidas de aplicación emitidas por los Reguladores.
Actividad institucional: la actividad para la cual los destinatarios han obtenido el registro o la autorización de una Autoridad Pública.
Banco Fantasma: banco (o intermediario financiero que desempeña funciones similares a las de un banco) que no dispone de una estructura significativa en el país en el que se estableció y está autorizado para ejercer su actividad y no pertenece a un grupo financiero sujeto a una supervisión efectiva en base consolidada.
Beneficiario de la prestación del seguro:
- la persona física o entidad distinta de una persona física que, sobre la base de la designación realizada por el tomador del seguro o el asegurado, tenga derecho a recibir la prestación de seguro pagada por la empresa de seguros;
- cualquier persona física o entidad distinta de una persona física a la que se efectúe el pago a instancias del beneficiario designado.
Cliente/Cliente: la persona que establece relaciones continuas o realiza transacciones con bolsas, intermediarios financieros y otras entidades que realizan actividades financieras, así como con otros destinatarios de las obligaciones a las que se refiere el Decreto Antilavado de Dinero, normalmente también identificado con otros términos, como usuarios, inversores, tomadores de seguros, tomadores de seguros, compradores, fideicomisarios, etc.
Riesgo de cumplimiento: cumplimiento específico requerido por una regulación determinada, para no incurrir en sanciones judiciales o administrativas, pérdidas financieras significativas o daños a la reputación como resultado de violaciones de normas obligatorias (leyes, reglamentos) o autorregulación (por ejemplo, código de conducta, código de conducta).
Congelación de fondos: la prohibición, en virtud de la normativa de la UE y de la legislación nacional, del movimiento, transferencia, modificación, uso o gestión de fondos y criptomonedas o tokens en general o del acceso a los mismos, de forma que se modifique su volumen, importe, ubicación, propiedad, posesión, naturaleza, destino o cualquier otro cambio que permita el uso de fondos, incluida la gestión de carteras.
Congelación de recursos económicos: la prohibición, en virtud de la normativa de la UE y de la legislación nacional, de la transferencia, la enajenación o, con el fin de obtener fondos, bienes o servicios de cualquier forma, el uso de recursos económicos, incluida, entre otras, la venta, el arrendamiento, el alquiler o el establecimiento de garantías reales reales.
Cuentas corrientes corresponsales y relaciones similares: cuentas mantenidas por bancos para la liquidación de servicios interbancarios y otras relaciones, cualquiera que sea su denominación, mantenidas entre instituciones de crédito e instituciones financieras, utilizadas para la liquidación de transacciones por cuenta de los Clientes de las instituciones corresponsales.
Cuentas de tránsito: relaciones bancarias corresponsales transfronterizas, mantenidas entre intermediarios bancarios y financieros y de intercambio, utilizadas para realizar transacciones en nombre propio y por cuenta de los clientes.
Controles de línea (los llamados «controles de primer nivel»): el conjunto de controles destinados a garantizar el correcto desempeño de las operaciones. Son llevados a cabo por las propias Estructuras Operativas (por ejemplo, controles jerárquicos, sistemáticos y por muestreo), también a través de unidades dedicadas exclusivamente a tareas de control o supervisión que dependen de los jefes de las Estructuras Operativas, o realizadas como parte del back office; en la medida de lo posible, se incorporarán a los procedimientos informáticos.
Controles de riesgo y cumplimiento (los llamados «controles de segundo nivel»): el conjunto de controles que tienen el objetivo de asegurar, entre otras cosas:
- la correcta implementación del proceso de gestión de riesgos;
- el cumplimiento de los límites operativos asignados a las distintas funciones;
- el cumplimiento de las operaciones de la empresa con las regulaciones, incluidas las autorreguladas.
Las funciones responsables de estos controles son distintas de las operativas; Contribuyen a la definición de políticas de gobernanza de riesgos y al proceso de gestión de riesgos.
Contraparte: personas naturales y jurídicas que establecen una relación comercial con la Bolsa (aunque no sean destinatarias de las obligaciones establecidas en el Decreto Antilavado de Activos).
Pago de cobertura: la transferencia de fondos utilizada cuando no existe una relación directa entre el proveedor de servicios de pago (PSP) del ordenante y el beneficiario y, por lo tanto, es necesario recurrir a una cadena de relaciones de correspondencia entre PSP. Tres o más PSP están involucrados en un pago de cobertura.
Criptomoneda: Una criptomoneda es una moneda virtual que, según la definición del Banco de Italia, constituye una representación digital de valor y se utiliza como medio de intercambio o se mantiene con fines de inversión. Las criptomonedas se pueden transferir, almacenar o comercializar electrónicamente. Algunos ejemplos típicos son Bitcoin, LiteCoin, Ripple, Ethereum, Cardano, Tron.
Criptomoneda: Una criptomoneda es una moneda virtual que, según la definición del Banco de Italia, constituye una representación digital de valor y se utiliza como medio de intercambio o se mantiene con fines de inversión. Las criptomonedas se pueden transferir, almacenar o comercializar electrónicamente. Algunos ejemplos típicos son Bitcoin, LiteCoin, Ripple, Ethereum, Cardano, Tron.
Datos identificativos del Beneficiario, su Beneficiario Final y del Ejecutor: nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento. En el caso de sujetos que no sean personas físicas, el nombre, el domicilio social, el número de inscripción en el registro mercantil o en el registro de personas jurídicas, en su caso. En ambos casos, en el momento del pago de la prestación, también la residencia registrada y, en su caso, el domicilio, el código fiscal del Beneficiario y, cuando se prevea la cesión, también del Beneficiario Final correspondiente y del Ejecutor.
Efectivo: billetes y monedas, en euros o moneda extranjera, que son de curso legal. (Tesora no acepta pagos en efectivo, dinero real)
DeFi: acrónimo de Finanzas Descentralizadas, implica un protocolo para el intercambio de sistemas digitales, gestionado de forma independiente por los reguladores, sin intermediarios, utilizando plataformas blockchain, manteniendo el anonimato de las transacciones, mientras se rastrea su historial sin rastrearlo hasta un beneficiario final.
Empleado: todos los empleados de Tesora, ya pertenezcan a unidades organizativas y/o estructuras territoriales y/o estructuras centrales.
Albacea: la persona delegada para operar en nombre y por cuenta del Cliente o a quien en cualquier caso se le otorgan poderes de representación que le permiten operar en nombre y por cuenta del Cliente.
Factores de riesgo: son las variables que son capaces, individualmente o en combinación, de aumentar o reducir el riesgo de blanqueo de capitales derivado de relaciones individuales en curso o de transacciones ocasionales.
Asesor financiero: Los asesores financieros del Tesoro están calificados para ofrecer fuera del sitio. Realizan actividades de consultoría independiente y brindan asesoramiento sobre sistemas de tokenización, procesos de trazabilidad utilizando tecnología Blockchain, procesos de certificación digital para empresas y cadenas de producción de materias primas y servicios, estudios de viabilidad sobre procesos de digitalización de activos de empresas con integración en plataformas centralizadas equipadas con tecnología blockchain. El Asesor Financiero opera de forma independiente con sus clientes.
Fondos: activos financieros y utilidades de cualquier tipo, también propiedad de una persona física o jurídica intermediaria, incluidos, entre otros:
- efectivo, cheques, créditos pecuniarios, letras de cambio, órdenes de pago y otros instrumentos de pago;
- depósitos en instituciones financieras u otras entidades, saldos de cuentas, cuentas por cobrar y obligaciones de cualquier tipo;
- valores negociables pública y privadamente, así como instrumentos financieros;
- intereses, dividendos u otros ingresos y aumentos de valor generados por los activos;
- el crédito, el derecho de compensación, las garantías de cualquier tipo, las garantías y otros compromisos financieros;
- cartas de crédito, conocimientos de embarque y otros valores representativos de mercancías;
- todos los demás instrumentos de financiación de las exportaciones;
- pólizas de seguro relativas a las clases de vida a que se refiere el artículo;
- Criptomoneda (Bitcoin, Ethereum, etc.);
- Moneda estable (Tether, USC, etc.);
- Token de equidad;
- Token de utilidad;
- NFT – Token no fungible;
- Token de seguridad.
Función de Prevención de Blanqueo de Capitales: la función, parte integrante del sistema de control interno de segundo nivel, responsable de prevenir y combatir los fenómenos, así como de la ejecución de operaciones de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Funciones de control corporativo: la función de cumplimiento, la función de gestión de riesgos, la función de lucha contra el blanqueo de capitales, la función de auditoría interna.
Función de Cumplimiento: la Función encargada de la tarea específica de supervisar, según un enfoque basado en el riesgo, la gestión del riesgo de incumplimiento con respecto a las actividades de la empresa, verificando que los procedimientos sean adecuados para prevenir dicho riesgo, consistente en la violación de las normas no regulatorias (leyes y reglamentos) y de autorregulación (códigos de conducta, códigos éticos) aplicables a la Bolsa. Esta función es parte integrante del sistema de control interno.
Funciones de Control: las Funciones de Control Corporativo, el Gerente a Cargo de la Preparación de los Estados Financieros, el Director a Cargo de los Controles, el personal responsable de gestionar la identificación de los clientes.
Función de auditoría interna: la función encargada de supervisar, con vistas a los controles de tercer nivel, incluidas las comprobaciones in situ, la realización periódica de las operaciones y la evolución de los riesgos, y evaluar la integridad, adecuación, funcionalidad y fiabilidad de la estructura organizativa y otros componentes del sistema de control interno, señalando posibles mejoras a la atención de los órganos sociales. con especial referencia al Marco de Apetito de Riesgo (MAR), el proceso de gestión de riesgos, así como las herramientas para medirlos y controlarlos. Sobre la base de los resultados de sus controles, formula recomendaciones a los órganos sociales.
GAFI: Grupo de Acción Financiera Internacional, organismo creado en la OCDE y especializado en la prevención y lucha contra el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva..
Indicadores de anomalías: casos representativos de operaciones o comportamientos anómalos por parte de los clientes, destinados a facilitar la evaluación, por parte de los sujetos obligados, de cualquier perfil de sospecha de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo.
Medios de pago: efectivo (no aceptado en operaciones del Tesoro), cheques bancarios y postales, cheques de caja y otros cheques similares o comparables, giros postales, órdenes de crédito o de pago, tarjetas de crédito y otras tarjetas de pago, pólizas de seguro transferibles, comprobantes de prenda y cualquier otro instrumento disponible que permita transferencias, mover o adquirir, incluso electrónicamente, fondos, valores o activos financieros.
Dinero electrónico: son monedas que hacen referencia a monedas de curso legal aceptadas por Hacienda como EUR, USD, CHF, etc.
Moneda digital: son tokens de forma genérica.
Operaciones remotas: operaciones realizadas sin la presencia física del cliente y del personal a cargo de la Bolsa. Cuando el cliente es un sujeto que no sea una persona física, se considera presente cuando el albacea lo es.
Transacción: la actividad consistente en el movimiento, transferencia o transmisión de criptomonedas, tokens en general, medios de pago o en la realización de actos contractuales con contenido patrimonial; La estipulación de una escritura contractual, con contenido patrimonial, que se encuadre en el ejercicio de la actividad profesional o comercial, también constituye una operación.
Operaciones vinculadas: operaciones conectadas entre sí para la consecución de un único objetivo de carácter jurídico y patrimonial.
Transacción fraccionada: una transacción unitaria en términos de valor económico, de un monto igual o superior a los límites establecidos por el Decreto Antilavado de Activos, realizada a través de varias transacciones, individualmente inferiores a los límites antes mencionados, realizadas en diferentes momentos y en un período de tiempo limitado fijado en siete días, sin perjuicio de la existencia de la transacción fraccionada cuando existan elementos para considerarla como tal.
Transacción ocasional: una transacción que no se remonta a una relación en curso; una transacción ocasional también constituye un servicio intelectual o comercial, incluidos los de ejecución instantánea, prestados a favor del Cliente.
Transacción Sospechosa: la transacción que, por sus características, entidad, naturaleza, así como su conexión con otras transacciones o por su división o por cualquier otra circunstancia conocida por las funciones desempeñadas, teniendo en cuenta también la capacidad económica y la actividad desarrollada por la persona a la que se refiere, sobre la base de los elementos adquiridos de conformidad con el Decreto Antilavado de Activos, lleva a creer, sospechar, o tener motivos razonables para sospechar, que se están llevando a cabo operaciones de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo o que se han llevado a cabo o intentado o que, en cualquier caso, independientemente de su alcance, se derivan de una actividad delictiva.
Órganos sociales: todos los órganos con supervisión estratégica (Consejo de Administración), dirección (Consejero Delegado u otro órgano al que se asigne la función de dirección) y control (Consejo de Auditores de Cuentas).
Órgano con función de control: Órgano que verifica la regularidad de la actividad administrativa y la adecuación de las estructuras organizativas y contables de la Sociedad; el Consejo de Auditores, el Consejo de Supervisión y el Comité de Control de Gestión son, en los distintos modelos, los Órganos con función de control (u Órganos de Control).
Órgano con función de dirección: Órgano de la sociedad o miembros de la misma que sean responsables o deleguen tareas de dirección, es decir, la aplicación de las directrices resueltas en el ejercicio de la función de supervisión estratégica. El gerente general representa la parte superior de la estructura interna y, como tal, participa en la función de gestión.
Órgano de Supervisión Estratégica: El órgano responsable de toda la orientación y/o supervisión de la gestión de la Compañía (por ejemplo, a través del examen y aprobación de planes comerciales o financieros u operaciones estratégicas realizadas por la Compañía).
Origen de los fondos: indica el origen de los fondos utilizados específicamente en una relación continua o en una transacción ocasional.
Origen de los activos: indica el origen de los activos totales del Cliente, incluidos los activos muebles e inmobiliarios. El exchange, que es consciente de operar en un mercado donde se desarrolla la actividad principal manteniendo el anonimato, ha integrado parámetros definidos en sus sistemas de control para activar controles adicionales en presencia de exchanges o depósitos de criptomonedas que requieren información adicional sobre el origen. En Tesora, quienes activan su Cuenta Virtual deben en cualquier caso pasar todos los procedimientos KYC-KYB y AML para poder comenzar a operar.
Países de la Comunidad: Países pertenecientes al Espacio Económico Europeo.
Terceros países: Países fuera del Espacio Económico Europeo.
Terceros países de alto riesgo: países no pertenecientes a la UE cuyos sistemas jurídicos presentan deficiencias estratégicas en sus regímenes nacionales de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Personal: empleados y aquellos que en cualquier caso operan sobre la base de relaciones que determinan su inclusión en la organización del sujeto obligado, incluso en una forma distinta a la relación laboral, incluidos los Asesores Financieros calificados para brindar asesoramiento independiente.
Personas Expuestas Políticamente (PEP): personas naturales, es decir, «personas naturales que ocupan o han dejado de ocupar cargos públicos importantes por menos de un año, así como sus familiares y aquellos que se sabe que tienen vínculos estrechos con las personas antes mencionadas, como se enumeran a continuación:
- Las personas físicas que ocupan o han ocupado cargos públicos importantes son aquellas que ostentan o han desempeñado el cargo de:
- Presidente de la República, Primer Ministro, Ministro, Viceministro y Subsecretario, Presidente de la Región, Consejero Regional, Alcalde de una capital provincial o ciudad metropolitana, Alcalde de un municipio con una población no inferior a 15.000 habitantes, así como cargos similares en países extranjeros;
- diputado, senador, parlamentario europeo, consejero regional, así como cargos similares en países extranjeros;
- miembro de los órganos centrales de gobierno de los partidos políticos;
- juez del Tribunal Constitucional, magistrado del Tribunal de Casación o del Tribunal de Cuentas, consejero de Estado y otros miembros del Consejo de Justicia Administrativa de la región de Sicilia, así como cargos similares en países extranjeros;
- miembro de los órganos de gobierno de los bancos centrales y de las autoridades independientes;
- Embajador, Encargado de Negocios o cargos equivalentes en Estados extranjeros, oficial superior de las fuerzas armadas o cargos similares en Estados extranjeros;
- miembro de los órganos de administración, dirección o control de las empresas controladas, incluso indirectamente, por el Estado italiano o por un Estado extranjero o que pertenezcan, predominante o totalmente, a las Regiones, capitales de provincia y ciudades y municipios metropolitanos con una población total no inferior a 15.000 habitantes;
- gerente general de ASL y hospital, hospital universitario y otros organismos del servicio nacional de salud;
- director, director adjunto y miembro del órgano de dirección o persona que desempeñe funciones equivalentes en organizaciones internacionales.
- Los familiares de las personas del medio político son: los padres, el cónyuge o la persona relacionada en una unión civil o en una convivencia de hecho o en instituciones similares a la persona del medio político, los hijos y sus cónyuges, así como las personas relacionadas con los hijos en una unión civil o en una cohabitación de hecho o instituciones similares;
- Son sujetos con los que se sabe que las personas políticamente expuestas tienen vínculos estrechos:
- personas físicas que estén relacionadas con la persona políticamente expuesta en virtud de la titularidad efectiva conjunta de entidades jurídicas (incluidos fideicomisos y acuerdos legales similares) o que tengan relaciones comerciales estrechas con la persona políticamente expuesta;
- personas físicas que solo poseen formalmente el control total de una entidad que se sabe que está constituida, de hecho, en interés y beneficio de una persona políticamente expuesta.
Plataforma centralizada: es la plataforma que conduce de nuevo a un propietario que determina sus reglas y funciones de forma independiente. Podemos definir plataformas centralizadas como Bancos, Compañías de Seguros, etc. No todos los intercambios operan con sistemas centralizados. En el caso de Tesora, para cumplir con las regulaciones AML y KYC y KYB, ha decidido operar de forma centralizada, queriendo identificar cada operación realizada dentro de ella.
Plataforma descentralizada: también llamada DeFi, tiene como objetivo ejecutar operaciones de forma digital sin ningún intermediario. Este tipo de plataforma refleja otro riesgo, ya que es imposible rastrear al beneficiario final de la operación.
Política o Política de Prevención de Blanqueo de Capitales: el documento definido por el órgano con función de gestión y aprobado por el órgano con función de supervisión estratégica de conformidad con las Disposiciones sobre organización, procedimientos y controles internos destinados a prevenir el uso de intermediarios con fines de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
PSP: Proveedor de servicios de pago.
Proveedores de servicios de información sobre cuentas (AISP): es un proveedor de servicios de pago que presta servicios de información sobre cuentas, es decir, servicios en línea que proporcionan información consolidada sobre una o más cuentas de pago mantenidas por el usuario de servicios de pago con otro proveedor de servicios de pago o con varios proveedores de servicios de pago.
Proveedores de servicios de criptoactivos: una persona jurídica u otra empresa cuya ocupación o actividad consista en la prestación de uno o más servicios de criptoactivos a clientes con carácter profesional y que esté autorizada a prestar servicios de criptoactivos de conformidad con el artículo 59 del MiCAr.
Proveedores de servicios de billetera digital: cualquier persona física o jurídica que preste a terceros, de forma profesional, incluidos los servicios de seguridad de claves criptográficas privadas en línea, en nombre de sus Clientes, con el fin de mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.
Proveedores de servicios relacionados con el uso de moneda virtual: cualquier persona física o jurídica que preste a terceros, con carácter profesional, servicios funcionales para el uso, intercambio, almacenamiento de moneda virtual y su conversión desde o hacia monedas de curso legal.
Relación continua: relación de duración, encuadrada en el ejercicio de la actividad de la entidad realizada por los sujetos obligados, que no termina en una sola operación.
Relaciones o transacciones a distancia: significa cualquier transacción o relación en la que el cliente no está físicamente presente, es decir, no en la misma ubicación física que la firma o una persona que actúe en nombre de dicha firma. Esto incluye situaciones en las que la identidad del cliente se verifica a través de un enlace de video o medios tecnológicos similares.
Apetito de riesgo: el nivel de riesgo (global y por tipo) que la Compañía pretende asumir en la consecución de sus objetivos estratégicos.
Riesgo de blanqueo de capitales: el riesgo derivado de la violación de las disposiciones legales, reglamentarias y de autorregulación funcionales a la prevención del uso del sistema financiero con fines de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo o financiación de los programas de desarrollo de armas de destrucción masiva, así como el riesgo de participación en episodios de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o financiación de los programas de desarrollo de armas de destrucción masa.
Riesgo inherente: en la lógica del llamado riesgo «potencial», la probabilidad de que la Compañía sufra daños directos o indirectos de carácter sancionador, penal, financiero o reputacional sin considerar la organización y funcionamiento de sus controles organizacionales y el Sistema de Controles Internos más general.
Riesgo residual: juicio sumario que tiene en cuenta la valoración de la idoneidad de las medidas organizativas, procedimentales y de control implantadas, con la consiguiente identificación de las iniciativas correctoras a adoptar con el fin de mitigarlo.
Recursos económicos: activos de cualquier tipo, tangibles o intangibles, y activos, muebles o inmuebles, incluidos accesorios, accesorios y frutas, que no sean fondos pero que puedan utilizarse para obtener fondos, bienes o servicios, de propiedad, posesión o control, incluso parcial, directa o indirectamente, o a través de una persona física o jurídica intermediaria, por personas designadas o por personas físicas o jurídicas que actúen en nombre o bajo la dirección de estas últimas.
Sistema de control interno: el conjunto de normas, funciones, estructuras, recursos, procesos y procedimientos que tienen por objeto garantizar, de conformidad con una gestión sana y prudente, los siguientes fines:
- verificación de la implementación de estrategias y políticas de la empresa;
- contención del riesgo dentro de los límites indicados en el Marco de Apetito de Riesgo («RAF») de la Bolsa;
- salvaguardar el valor de los activos y la protección contra pérdidas;
- eficacia y eficiencia de los procesos comerciales;
- confiabilidad y seguridad de la información de la empresa y los procedimientos de TI;
- prevención del riesgo de que la Bolsa esté involucrada, incluso involuntariamente, en actividades ilegales (con especial referencia a las relacionadas con el lavado de dinero, la usura y el financiamiento del terrorismo);
- cumplimiento de las operaciones con la ley y las normas de supervisión, así como con las políticas, reglamentos y procedimientos internos.
Beneficiario final: la persona o personas físicas, distintas del Cliente, en cuyo interés o en cuya última instancia se establece la relación en curso, se presta el servicio profesional o se realiza la transacción.
Tokens: los tokens se comparan con las criptomonedas, manteniendo diferentes funciones y atributos según el caso, que no son solo parte de la mera actividad de intercambio, sino que pueden proporcionar derechos específicos a los titulares que los poseen. En cualquier caso, se gestionan digitalmente a través de un monedero dedicado.
Moneda virtual: la representación digital de valor, no emitida por un banco central o autoridad pública, no necesariamente vinculada a una moneda de curso legal, utilizada como medio de intercambio para la compra de bienes y servicios y transferida, almacenada y comercializada electrónicamente.
Cuenta virtual: la cuenta virtual de un cliente de la Bolsa, capaz de almacenar tokens y criptomonedas para permitir el funcionamiento normal del intercambio y la transferencia de los tokens poseídos. El intercambio determina qué tipo de tokens y criptomonedas administrar dentro de él.
Billetera: billetera o cuenta digital capaz de contener tokens y criptomonedas digitales.