{"id":2488,"date":"2025-09-19T07:07:49","date_gmt":"2025-09-19T07:07:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.youradn.com\/glosario-de-condiciones-de-uso\/"},"modified":"2025-11-18T15:19:19","modified_gmt":"2025-11-18T15:19:19","slug":"glosario-de-condiciones-de-uso","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.youradn.com\/es\/glosario-de-condiciones-de-uso\/","title":{"rendered":"GLOSARIO DE CONDICIONES DE USO"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-page\" data-elementor-id=\"2488\" class=\"elementor elementor-2488 elementor-2167\" data-elementor-post-type=\"page\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-33a1424 e-flex e-con-boxed wpr-particle-no wpr-jarallax-no wpr-parallax-no wpr-sticky-section-no e-con e-parent\" data-id=\"33a1424\" data-element_type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-fc03b90 elementor-widget elementor-widget-spacer\" data-id=\"fc03b90\" 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class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<h1 class=\"elementor-heading-title elementor-size-default\">GLOSARIO DE CONDICIONES DE USO<\/h1>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-cedc9ec e-con-full e-flex wpr-particle-no wpr-jarallax-no wpr-parallax-no wpr-sticky-section-no e-con e-child\" data-id=\"cedc9ec\" data-element_type=\"container\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-7fa0fcd elementor-toc--minimized-on-tablet elementor-widget elementor-widget-table-of-contents\" data-id=\"7fa0fcd\" data-element_type=\"widget\" data-settings=\"{&quot;exclude_headings_by_selector&quot;:[],&quot;no_headings_message&quot;:&quot;Non sono state trovate intestazioni in questa 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data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<p><strong>Due diligence (KYC-KYB):<\/strong> actividad que consiste en: <\/p><ul><li>verificar la identidad del Cliente, cualquier Ejecutor y cualquier Beneficiario Final sobre la base de documentos, datos o informaci\u00f3n obtenidos de una fuente confiable e independiente;<\/li><li>obtener informaci\u00f3n sobre el prop\u00f3sito y la naturaleza prevista de la relaci\u00f3n en curso y, cuando se adopte un enfoque basado en el riesgo, de la transacci\u00f3n ocasional;<\/li><li>ejercer un control constante durante la relaci\u00f3n en curso.<\/li><\/ul><p><strong>Gerente superior:<\/strong> un director o gerente general u otro empleado delegado por el \u00f3rgano de administraci\u00f3n o el gerente general para seguir las relaciones con los clientes de alto riesgo; el alto directivo tiene un conocimiento adecuado del nivel de Riesgo de Blanqueo de Capitales al que est\u00e1 expuesto el destinatario y tiene un nivel de autonom\u00eda suficiente para tomar decisiones capaces de afectar a este nivel de riesgo.<\/p><p><strong>Enfoque basado en el riesgo: <\/strong>indica un enfoque mediante el cual las autoridades competentes y las empresas identifican, eval\u00faan y comprenden los riesgos de blanqueo de capitales a los que est\u00e1n expuestas las empresas y toman contramedidas acordes con esos riesgos.<\/p><p><strong>Archivo Inform\u00e1tico \u00danico denominado AUI:<\/strong> un archivo, formado y gestionado por medio de sistemas inform\u00e1ticos, en el que toda la informaci\u00f3n adquirida en el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida se almacena de forma centralizada, de acuerdo con los principios previstos en el Decreto de Prevenci\u00f3n de Blanqueo de Capitales y en las medidas de aplicaci\u00f3n emitidas por los Reguladores.<\/p><p><strong>Actividad institucional:<\/strong> la actividad para la cual los destinatarios han obtenido el registro o la autorizaci\u00f3n de una Autoridad P\u00fablica.<\/p><p><strong>Banco Fantasma<\/strong>: banco (o intermediario financiero que desempe\u00f1a funciones similares a las de un banco) que no dispone de una estructura significativa en el pa\u00eds en el que se estableci\u00f3 y est\u00e1 autorizado para ejercer su actividad y no pertenece a un grupo financiero sujeto a una supervisi\u00f3n efectiva en base consolidada.<\/p><h3><strong>Beneficiario de la prestaci\u00f3n del seguro:<\/strong><\/h3><ol><li>la persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica que, sobre la base de la designaci\u00f3n realizada por el tomador del seguro o el asegurado, tenga derecho a recibir la prestaci\u00f3n de seguro pagada por la empresa de seguros;<\/li><li>cualquier persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica a la que se efect\u00fae el pago a instancias del beneficiario designado.<\/li><\/ol><p><strong>Cliente\/Cliente:<\/strong> la persona que establece relaciones continuas o realiza transacciones con bolsas, intermediarios financieros y otras entidades que realizan actividades financieras, as\u00ed como con otros destinatarios de las obligaciones a las que se refiere el Decreto Antilavado de Dinero, normalmente tambi\u00e9n identificado con otros t\u00e9rminos, como usuarios, inversores, tomadores de seguros, tomadores de seguros, compradores, fideicomisarios, etc.<\/p><p><strong>Riesgo de cumplimiento:<\/strong> cumplimiento espec\u00edfico requerido por una regulaci\u00f3n determinada, para no incurrir en sanciones judiciales o administrativas, p\u00e9rdidas financieras significativas o da\u00f1os a la reputaci\u00f3n como resultado de violaciones de normas obligatorias (leyes, reglamentos) o autorregulaci\u00f3n (por ejemplo, c\u00f3digo de conducta, c\u00f3digo de conducta). <\/p><p><strong>Congelaci\u00f3n de fondos:<\/strong> la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, del movimiento, transferencia, modificaci\u00f3n, uso o gesti\u00f3n de fondos y criptomonedas o tokens en general o del acceso a los mismos, de forma que se modifique su volumen, importe, ubicaci\u00f3n, propiedad, posesi\u00f3n, naturaleza, destino o cualquier otro cambio que permita el uso de fondos, incluida la gesti\u00f3n de carteras. <\/p><p><strong>Congelaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos:<\/strong> la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, de la transferencia, la enajenaci\u00f3n o, con el fin de obtener fondos, bienes o servicios de cualquier forma, el uso de recursos econ\u00f3micos, incluida, entre otras, la venta, el arrendamiento, el alquiler o el establecimiento de garant\u00edas reales reales. <br><strong>Cuentas corrientes corresponsales y relaciones similares: <\/strong>cuentas mantenidas por bancos para la liquidaci\u00f3n de servicios interbancarios y otras relaciones, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, mantenidas entre instituciones de cr\u00e9dito e instituciones financieras, utilizadas para la liquidaci\u00f3n de transacciones por cuenta de los Clientes de las instituciones corresponsales. <\/p><p><strong>Cuentas de tr\u00e1nsito: <\/strong>relaciones bancarias corresponsales transfronterizas, mantenidas entre intermediarios bancarios y financieros y de intercambio, utilizadas para realizar transacciones en nombre propio y por cuenta de los clientes. <\/p><p><strong>Controles de l\u00ednea (los llamados \u00abcontroles de primer nivel\u00bb):<\/strong> el conjunto de controles destinados a garantizar el correcto desempe\u00f1o de las operaciones. Son llevados a cabo por las propias Estructuras Operativas (por ejemplo, controles jer\u00e1rquicos, sistem\u00e1ticos y por muestreo), tambi\u00e9n a trav\u00e9s de unidades dedicadas exclusivamente a tareas de control o supervisi\u00f3n que dependen de los jefes de las Estructuras Operativas, o realizadas como parte del back office; en la medida de lo posible, se incorporar\u00e1n a los procedimientos inform\u00e1ticos.  <\/p><p><strong>Controles de riesgo y cumplimiento (los llamados \u00abcontroles de segundo nivel\u00bb)<\/strong>: el conjunto de controles que tienen el objetivo de asegurar, entre otras cosas: <\/p><ul><li>la correcta implementaci\u00f3n del proceso de gesti\u00f3n de riesgos;<\/li><li>el cumplimiento de los l\u00edmites operativos asignados a las distintas funciones;<\/li><li>el cumplimiento de las operaciones de la empresa con las regulaciones, incluidas las autorreguladas.<\/li><\/ul><p>Las funciones responsables de estos controles son distintas de las operativas; Contribuyen a la definici\u00f3n de pol\u00edticas de gobernanza de riesgos y al proceso de gesti\u00f3n de riesgos. <\/p><p><strong>Contraparte:<\/strong> personas naturales y jur\u00eddicas que establecen una relaci\u00f3n comercial con la Bolsa (aunque no sean destinatarias de las obligaciones establecidas en el Decreto Antilavado de Activos). <\/p><p><strong>Pago de cobertura:<\/strong> la transferencia de fondos utilizada cuando no existe una relaci\u00f3n directa entre el proveedor de servicios de pago (PSP) del ordenante y el beneficiario y, por lo tanto, es necesario recurrir a una cadena de relaciones de correspondencia entre PSP. Tres o m\u00e1s PSP est\u00e1n involucrados en un pago de cobertura. <\/p><p><strong>Criptomoneda<\/strong>: Una criptomoneda es una moneda virtual que, seg\u00fan la definici\u00f3n del Banco de Italia, constituye una representaci\u00f3n digital de valor y se utiliza como medio de intercambio o se mantiene con fines de inversi\u00f3n. Las criptomonedas se pueden transferir, almacenar o comercializar electr\u00f3nicamente. Algunos ejemplos t\u00edpicos son Bitcoin, LiteCoin, Ripple, Ethereum, Cardano, Tron.  <\/p><p>Criptomoneda: Una criptomoneda es una moneda virtual que, seg\u00fan la definici\u00f3n del Banco de Italia, constituye una representaci\u00f3n digital de valor y se utiliza como medio de intercambio o se mantiene con fines de inversi\u00f3n. Las criptomonedas se pueden transferir, almacenar o comercializar electr\u00f3nicamente. Algunos ejemplos t\u00edpicos son Bitcoin, LiteCoin, Ripple, Ethereum, Cardano, Tron.  <\/p><p><strong>Datos identificativos del Beneficiario, su Beneficiario Final y del Ejecutor:<\/strong> nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento. En el caso de sujetos que no sean personas f\u00edsicas, el nombre, el domicilio social, el n\u00famero de inscripci\u00f3n en el registro mercantil o en el registro de personas jur\u00eddicas, en su caso. En ambos casos, en el momento del pago de la prestaci\u00f3n, tambi\u00e9n la residencia registrada y, en su caso, el domicilio, el c\u00f3digo fiscal del Beneficiario y, cuando se prevea la cesi\u00f3n, tambi\u00e9n del Beneficiario Final correspondiente y del Ejecutor.   <\/p><p><strong>Efectivo<\/strong>: billetes y monedas, en euros o moneda extranjera, que son de curso legal. (Tesora no acepta pagos en efectivo, dinero real)<\/p><p><strong> <\/strong><\/p><p><strong>DeFi: <\/strong>acr\u00f3nimo de Finanzas Descentralizadas, implica un protocolo para el intercambio de sistemas digitales, gestionado de forma independiente por los reguladores, sin intermediarios, utilizando plataformas blockchain, manteniendo el anonimato de las transacciones, mientras se rastrea su historial sin rastrearlo hasta un beneficiario final.<\/p><p><strong>Empleado: <\/strong>todos los empleados de Tesora, ya pertenezcan a unidades organizativas y\/o estructuras territoriales y\/o estructuras centrales.<\/p><p><strong>Albacea:<\/strong> la persona delegada para operar en nombre y por cuenta del Cliente o a quien en cualquier caso se le otorgan poderes de representaci\u00f3n que le permiten operar en nombre y por cuenta del Cliente.<\/p><p><strong>Factores de riesgo:<\/strong> son las variables que son capaces, individualmente o en combinaci\u00f3n, de aumentar o reducir el riesgo de blanqueo de capitales derivado de relaciones individuales en curso o de transacciones ocasionales.<\/p><p><strong>Asesor financiero:<\/strong> Los asesores financieros del Tesoro est\u00e1n calificados para ofrecer fuera del sitio. Realizan actividades de consultor\u00eda independiente y brindan asesoramiento sobre sistemas de tokenizaci\u00f3n, procesos de trazabilidad utilizando tecnolog\u00eda Blockchain, procesos de certificaci\u00f3n digital para empresas y cadenas de producci\u00f3n de materias primas y servicios, estudios de viabilidad sobre procesos de digitalizaci\u00f3n de activos de empresas con integraci\u00f3n en plataformas centralizadas equipadas con tecnolog\u00eda blockchain. El Asesor Financiero opera de forma independiente con sus clientes.  <\/p><p><strong>Fondos: <\/strong>activos financieros y utilidades de cualquier tipo, tambi\u00e9n propiedad de una persona f\u00edsica o jur\u00eddica intermediaria, incluidos, entre otros:<\/p><ul><li>efectivo, cheques, cr\u00e9ditos pecuniarios, letras de cambio, \u00f3rdenes de pago y otros instrumentos de pago;<\/li><li>dep\u00f3sitos en instituciones financieras u otras entidades, saldos de cuentas, cuentas por cobrar y obligaciones de cualquier tipo;<\/li><li>valores negociables p\u00fablica y privadamente, as\u00ed como instrumentos financieros;<\/li><li>intereses, dividendos u otros ingresos y aumentos de valor generados por los activos;<\/li><li>el cr\u00e9dito, el derecho de compensaci\u00f3n, las garant\u00edas de cualquier tipo, las garant\u00edas y otros compromisos financieros;<\/li><li>cartas de cr\u00e9dito, conocimientos de embarque y otros valores representativos de mercanc\u00edas;<\/li><li>todos los dem\u00e1s instrumentos de financiaci\u00f3n de las exportaciones;<\/li><li>p\u00f3lizas de seguro relativas a las clases de vida a que se refiere el art\u00edculo;<\/li><li>Criptomoneda (Bitcoin, Ethereum, etc.);<\/li><li>Moneda estable (Tether, USC, etc.);<\/li><li>Token de equidad;<\/li><li>Token de utilidad;<\/li><li>NFT \u2013 Token no fungible;<\/li><li>Token de seguridad.<\/li><\/ul><p><strong>Funci\u00f3n de Prevenci\u00f3n de Blanqueo de Capitales: <\/strong>la funci\u00f3n, parte integrante del sistema de control interno de segundo nivel, responsable de prevenir y combatir los fen\u00f3menos, as\u00ed como de la ejecuci\u00f3n de operaciones de blanqueo de capitales y financiaci\u00f3n del terrorismo. <\/p><p><strong>Funciones de control corporativo:<\/strong> la funci\u00f3n de cumplimiento, la funci\u00f3n de gesti\u00f3n de riesgos, la funci\u00f3n de lucha contra el blanqueo de capitales, la funci\u00f3n de auditor\u00eda interna. <\/p><p><strong>Funci\u00f3n de Cumplimiento: <\/strong>la Funci\u00f3n encargada de la tarea espec\u00edfica de supervisar, seg\u00fan un enfoque basado en el riesgo, la gesti\u00f3n del riesgo de incumplimiento con respecto a las actividades de la empresa, verificando que los procedimientos sean adecuados para prevenir dicho riesgo, consistente en la violaci\u00f3n de las normas no regulatorias (leyes y reglamentos) y de autorregulaci\u00f3n (c\u00f3digos de conducta, c\u00f3digos \u00e9ticos) aplicables a la Bolsa. Esta funci\u00f3n es parte integrante del sistema de control interno.  <\/p><p><strong>Funciones de Control<\/strong>: las Funciones de Control Corporativo, el Gerente a Cargo de la Preparaci\u00f3n de los Estados Financieros, el Director a Cargo de los Controles, el personal responsable de gestionar la identificaci\u00f3n de los clientes.<\/p><p><br><strong>Funci\u00f3n de auditor\u00eda interna<\/strong>: la funci\u00f3n encargada de supervisar, con vistas a los controles de tercer nivel, incluidas las comprobaciones in situ, la realizaci\u00f3n peri\u00f3dica de las operaciones y la evoluci\u00f3n de los riesgos, y evaluar la integridad, adecuaci\u00f3n, funcionalidad y fiabilidad de la estructura organizativa y otros componentes del sistema de control interno, se\u00f1alando posibles mejoras a la atenci\u00f3n de los \u00f3rganos sociales. con especial referencia al Marco de Apetito de Riesgo (MAR), el proceso de gesti\u00f3n de riesgos, as\u00ed como las herramientas para medirlos y controlarlos. Sobre la base de los resultados de sus controles, formula recomendaciones a los \u00f3rganos sociales.<br> <\/p><p><strong>GAFI: <\/strong><strong>Grupo de Acci\u00f3n Financiera Internacional<\/strong>, organismo creado en la OCDE y especializado en la prevenci\u00f3n y lucha contra el blanqueo de capitales, la financiaci\u00f3n del terrorismo y la proliferaci\u00f3n de armas de destrucci\u00f3n masiva..<\/p><p><strong>Indicadores de anomal\u00edas<\/strong>: casos representativos de operaciones o comportamientos an\u00f3malos por parte de los clientes, destinados a facilitar la evaluaci\u00f3n, por parte de los sujetos obligados, de cualquier perfil de sospecha de blanqueo de capitales o financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/p><p><strong>Medios de pago: <\/strong>efectivo<strong> (no aceptado en operaciones del Tesoro)<\/strong>, cheques bancarios y postales, cheques de caja y otros cheques similares o comparables, giros postales, \u00f3rdenes de cr\u00e9dito o de pago, tarjetas de cr\u00e9dito y otras tarjetas de pago, p\u00f3lizas de seguro transferibles, comprobantes de prenda y cualquier otro instrumento disponible que permita transferencias, mover o adquirir, incluso electr\u00f3nicamente, fondos, valores o activos financieros.<\/p><p><strong>Dinero electr\u00f3nico:<\/strong> son monedas que hacen referencia a monedas de curso legal aceptadas por Hacienda como EUR, USD, CHF, etc.<\/p><p><strong>Moneda digital: <\/strong>son tokens de forma gen\u00e9rica.<\/p><p><strong>Operaciones remotas: <\/strong>operaciones realizadas sin la presencia f\u00edsica del cliente y del personal a cargo de la Bolsa. Cuando el cliente es un sujeto que no sea una persona f\u00edsica, se considera presente cuando el albacea lo es. <\/p><p><strong>Transacci\u00f3n: <\/strong>la actividad consistente en el movimiento, transferencia o transmisi\u00f3n de criptomonedas, tokens en general, medios de pago o en la realizaci\u00f3n de actos contractuales con contenido patrimonial; La estipulaci\u00f3n de una escritura contractual, con contenido patrimonial, que se encuadre en el ejercicio de la actividad profesional o comercial, tambi\u00e9n constituye una operaci\u00f3n.<\/p><p><strong>Operaciones vinculadas:<\/strong> operaciones conectadas entre s\u00ed para la consecuci\u00f3n de un \u00fanico objetivo de car\u00e1cter jur\u00eddico y patrimonial.<\/p><p><strong>Transacci\u00f3n fraccionada: <\/strong>una transacci\u00f3n unitaria en t\u00e9rminos de valor econ\u00f3mico, de un monto igual o superior a los l\u00edmites establecidos por el Decreto Antilavado de Activos, realizada a trav\u00e9s de varias transacciones, individualmente inferiores a los l\u00edmites antes mencionados, realizadas en diferentes momentos y en un per\u00edodo de tiempo limitado fijado en siete d\u00edas, sin perjuicio de la existencia de la transacci\u00f3n fraccionada cuando existan elementos para considerarla como tal. <\/p><p><strong>Transacci\u00f3n ocasional:<\/strong> una transacci\u00f3n que no se remonta a una relaci\u00f3n en curso; una transacci\u00f3n ocasional tambi\u00e9n constituye un servicio intelectual o comercial, incluidos los de ejecuci\u00f3n instant\u00e1nea, prestados a favor del Cliente.<\/p><p><strong>Transacci\u00f3n Sospechosa<\/strong>: la transacci\u00f3n que, por sus caracter\u00edsticas, entidad, naturaleza, as\u00ed como su conexi\u00f3n con otras transacciones o por su divisi\u00f3n o por cualquier otra circunstancia conocida por las funciones desempe\u00f1adas, teniendo en cuenta tambi\u00e9n la capacidad econ\u00f3mica y la actividad desarrollada por la persona a la que se refiere, sobre la base de los elementos adquiridos de conformidad con el Decreto Antilavado de Activos, lleva a creer, sospechar, o tener motivos razonables para sospechar, que se est\u00e1n llevando a cabo operaciones de blanqueo de capitales o financiaci\u00f3n del terrorismo o que se han llevado a cabo o intentado o que, en cualquier caso, independientemente de su alcance, se derivan de una actividad delictiva.<\/p><p><strong>\u00d3rganos sociales:<\/strong> todos los \u00f3rganos con supervisi\u00f3n estrat\u00e9gica (Consejo de Administraci\u00f3n), direcci\u00f3n (Consejero Delegado u otro \u00f3rgano al que se asigne la funci\u00f3n de direcci\u00f3n) y control (Consejo de Auditores de Cuentas).<\/p><p><strong>\u00d3rgano con funci\u00f3n de control: <\/strong>\u00d3rgano que verifica la regularidad de la actividad administrativa y la adecuaci\u00f3n de las estructuras organizativas y contables de la Sociedad; el Consejo de Auditores, el Consejo de Supervisi\u00f3n y el Comit\u00e9 de Control de Gesti\u00f3n son, en los distintos modelos, los \u00d3rganos con funci\u00f3n de control (u \u00d3rganos de Control).<\/p><p><strong>\u00d3rgano con funci\u00f3n de direcci\u00f3n:<\/strong> \u00d3rgano de la sociedad o miembros de la misma que sean responsables o deleguen tareas de direcci\u00f3n, es decir, la aplicaci\u00f3n de las directrices resueltas en el ejercicio de la funci\u00f3n de supervisi\u00f3n estrat\u00e9gica. El gerente general representa la parte superior de la estructura interna y, como tal, participa en la funci\u00f3n de gesti\u00f3n. <\/p><p><strong>\u00d3rgano de Supervisi\u00f3n Estrat\u00e9gica:<\/strong> El \u00f3rgano responsable de toda la orientaci\u00f3n y\/o supervisi\u00f3n de la gesti\u00f3n de la Compa\u00f1\u00eda (por ejemplo, a trav\u00e9s del examen y aprobaci\u00f3n de planes comerciales o financieros u operaciones estrat\u00e9gicas realizadas por la Compa\u00f1\u00eda).<\/p><p><strong>Origen de los fondos: <\/strong>indica el origen de los fondos utilizados espec\u00edficamente en una relaci\u00f3n continua o en una transacci\u00f3n ocasional.<\/p><p><strong>Origen de los activos:<\/strong> indica el origen de los activos totales del Cliente, incluidos los activos muebles e inmobiliarios. El exchange, que es consciente de operar en un mercado donde se desarrolla la actividad principal manteniendo el anonimato, ha integrado par\u00e1metros definidos en sus sistemas de control para activar controles adicionales en presencia de exchanges o dep\u00f3sitos de criptomonedas que requieren informaci\u00f3n adicional sobre el origen. En Tesora, quienes activan su Cuenta Virtual deben en cualquier caso pasar todos los procedimientos KYC-KYB y AML para poder comenzar a operar.  <\/p><p><strong>Pa\u00edses de la Comunidad: <\/strong>Pa\u00edses pertenecientes al Espacio Econ\u00f3mico Europeo.<\/p><p><strong>Terceros pa\u00edses:<\/strong> Pa\u00edses fuera del Espacio Econ\u00f3mico Europeo. <\/p><p><strong>Terceros pa\u00edses de alto riesgo:<\/strong> pa\u00edses no pertenecientes a la UE cuyos sistemas jur\u00eddicos presentan deficiencias estrat\u00e9gicas en sus reg\u00edmenes nacionales de prevenci\u00f3n del blanqueo de capitales y la financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/p><p><strong>Personal:<\/strong> empleados y aquellos que en cualquier caso operan sobre la base de relaciones que determinan su inclusi\u00f3n en la organizaci\u00f3n del sujeto obligado, incluso en una forma distinta a la relaci\u00f3n laboral, incluidos los Asesores Financieros calificados para brindar asesoramiento independiente. <\/p><p><strong>Personas Expuestas Pol\u00edticamente (PEP)<\/strong>: personas naturales, es decir, \u00abpersonas naturales que ocupan o han dejado de ocupar cargos p\u00fablicos importantes por menos de un a\u00f1o, as\u00ed como sus familiares y aquellos que se sabe que tienen v\u00ednculos estrechos con las personas antes mencionadas, como se enumeran a continuaci\u00f3n:<\/p><ol><li>Las personas f\u00edsicas que ocupan o han ocupado cargos p\u00fablicos importantes son aquellas que ostentan o han desempe\u00f1ado el cargo de:<\/li><\/ol><ul><li>Presidente de la Rep\u00fablica, Primer Ministro, Ministro, Viceministro y Subsecretario, Presidente de la Regi\u00f3n, Consejero Regional, Alcalde de una capital provincial o ciudad metropolitana, Alcalde de un municipio con una poblaci\u00f3n no inferior a 15.000 habitantes, as\u00ed como cargos similares en pa\u00edses extranjeros;<\/li><li>diputado, senador, parlamentario europeo, consejero regional, as\u00ed como cargos similares en pa\u00edses extranjeros;<\/li><li>miembro de los \u00f3rganos centrales de gobierno de los partidos pol\u00edticos;<\/li><li>juez del Tribunal Constitucional, magistrado del Tribunal de Casaci\u00f3n o del Tribunal de Cuentas, consejero de Estado y otros miembros del Consejo de Justicia Administrativa de la regi\u00f3n de Sicilia, as\u00ed como cargos similares en pa\u00edses extranjeros;<\/li><li>miembro de los \u00f3rganos de gobierno de los bancos centrales y de las autoridades independientes;<\/li><li>Embajador, Encargado de Negocios o cargos equivalentes en Estados extranjeros, oficial superior de las fuerzas armadas o cargos similares en Estados extranjeros;<\/li><li>miembro de los \u00f3rganos de administraci\u00f3n, direcci\u00f3n o control de las empresas controladas, incluso indirectamente, por el Estado italiano o por un Estado extranjero o que pertenezcan, predominante o totalmente, a las Regiones, capitales de provincia y ciudades y municipios metropolitanos con una poblaci\u00f3n total no inferior a 15.000 habitantes;<\/li><li>gerente general de ASL y hospital, hospital universitario y otros organismos del servicio nacional de salud;<\/li><li>director, director adjunto y miembro del \u00f3rgano de direcci\u00f3n o persona que desempe\u00f1e funciones equivalentes en organizaciones internacionales.<\/li><\/ul><ol start=\"2\"><li>Los familiares de las personas del medio pol\u00edtico son: los padres, el c\u00f3nyuge o la persona relacionada en una uni\u00f3n civil o en una convivencia de hecho o en instituciones similares a la persona del medio pol\u00edtico, los hijos y sus c\u00f3nyuges, as\u00ed como las personas relacionadas con los hijos en una uni\u00f3n civil o en una cohabitaci\u00f3n de hecho o instituciones similares;<\/li><\/ol><ol start=\"3\"><li>Son sujetos con los que se sabe que las personas pol\u00edticamente expuestas tienen v\u00ednculos estrechos:<\/li><\/ol><ul><li>personas f\u00edsicas que est\u00e9n relacionadas con la persona pol\u00edticamente expuesta en virtud de la titularidad efectiva conjunta de entidades jur\u00eddicas (incluidos fideicomisos y acuerdos legales similares) o que tengan relaciones comerciales estrechas con la persona pol\u00edticamente expuesta;<\/li><li>personas f\u00edsicas que solo poseen formalmente el control total de una entidad que se sabe que est\u00e1 constituida, de hecho, en inter\u00e9s y beneficio de una persona pol\u00edticamente expuesta.<\/li><\/ul><p><strong>Plataforma centralizada: <\/strong>es la plataforma que conduce de nuevo a un propietario que determina sus reglas y funciones de forma independiente. Podemos definir plataformas centralizadas como Bancos, Compa\u00f1\u00edas de Seguros, etc. No todos los intercambios operan con sistemas centralizados. En el caso de Tesora, para cumplir con las regulaciones AML y KYC y KYB, ha decidido operar de forma centralizada, queriendo identificar cada operaci\u00f3n realizada dentro de ella.  <\/p><p><strong>Plataforma descentralizada:<\/strong> tambi\u00e9n llamada DeFi, tiene como objetivo ejecutar operaciones de forma digital sin ning\u00fan intermediario. Este tipo de plataforma refleja otro riesgo, ya que es imposible rastrear al beneficiario final de la operaci\u00f3n. <\/p><p><strong>Pol\u00edtica o Pol\u00edtica de Prevenci\u00f3n de Blanqueo de Capitales:<\/strong> el documento definido por el \u00f3rgano con funci\u00f3n de gesti\u00f3n y aprobado por el \u00f3rgano con funci\u00f3n de supervisi\u00f3n estrat\u00e9gica de conformidad con las Disposiciones sobre organizaci\u00f3n, procedimientos y controles internos destinados a prevenir el uso de intermediarios con fines de blanqueo de capitales y financiaci\u00f3n del terrorismo.<\/p><p>PSP: Proveedor de servicios de pago.<\/p><p><strong>Proveedores de servicios de informaci\u00f3n sobre cuentas (AISP):<\/strong> es un proveedor de servicios de pago que presta servicios de informaci\u00f3n sobre cuentas, es decir, servicios en l\u00ednea que proporcionan informaci\u00f3n consolidada sobre una o m\u00e1s cuentas de pago mantenidas por el usuario de servicios de pago con otro proveedor de servicios de pago o con varios proveedores de servicios de pago.<\/p><p><strong>Proveedores de servicios de criptoactivos:<\/strong> una persona jur\u00eddica u otra empresa cuya ocupaci\u00f3n o actividad consista en la prestaci\u00f3n de uno o m\u00e1s servicios de criptoactivos a clientes con car\u00e1cter profesional y que est\u00e9 autorizada a prestar servicios de criptoactivos de conformidad con el art\u00edculo 59 del MiCAr.<\/p><p><strong> <\/strong><\/p><p><strong>Proveedores de servicios de billetera digital: <\/strong>cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica que preste a terceros, de forma profesional, incluidos los servicios de seguridad de claves criptogr\u00e1ficas privadas en l\u00ednea, en nombre de sus Clientes, con el fin de mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.<\/p><p><strong>Proveedores de servicios relacionados con el uso de moneda virtual<\/strong>: cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica que preste a terceros, con car\u00e1cter profesional, servicios funcionales para el uso, intercambio, almacenamiento de moneda virtual y su conversi\u00f3n desde o hacia monedas de curso legal.<\/p><p><strong>Relaci\u00f3n continua:<\/strong> relaci\u00f3n de duraci\u00f3n, encuadrada en el ejercicio de la actividad de la entidad realizada por los sujetos obligados, que no termina en una sola operaci\u00f3n. <\/p><p><strong>Relaciones o transacciones a distancia:<\/strong> significa cualquier transacci\u00f3n o relaci\u00f3n en la que el cliente no est\u00e1 f\u00edsicamente presente, es decir, no en la misma ubicaci\u00f3n f\u00edsica que la firma o una persona que act\u00fae en nombre de dicha firma. Esto incluye situaciones en las que la identidad del cliente se verifica a trav\u00e9s de un enlace de video o medios tecnol\u00f3gicos similares.  <\/p><p><strong>Apetito de riesgo:<\/strong> el nivel de riesgo (global y por tipo) que la Compa\u00f1\u00eda pretende asumir en la consecuci\u00f3n de sus objetivos estrat\u00e9gicos.<\/p><p><strong>Riesgo de blanqueo de capitales: <\/strong>el riesgo derivado de la violaci\u00f3n de las disposiciones legales, reglamentarias y de autorregulaci\u00f3n funcionales a la prevenci\u00f3n del uso del sistema financiero con fines de blanqueo de capitales, financiaci\u00f3n del terrorismo o financiaci\u00f3n de los programas de desarrollo de armas de destrucci\u00f3n masiva, as\u00ed como el riesgo de participaci\u00f3n en episodios de blanqueo de capitales y financiaci\u00f3n del terrorismo o financiaci\u00f3n de los programas de desarrollo de armas de destrucci\u00f3n masa.<\/p><p><strong>Riesgo inherente:<\/strong> en la l\u00f3gica del llamado riesgo \u00abpotencial\u00bb, la probabilidad de que la Compa\u00f1\u00eda sufra da\u00f1os directos o indirectos de car\u00e1cter sancionador, penal, financiero o reputacional sin considerar la organizaci\u00f3n y funcionamiento de sus controles organizacionales y el Sistema de Controles Internos m\u00e1s general.<\/p><p><strong>Riesgo residual:<\/strong> juicio sumario que tiene en cuenta la valoraci\u00f3n de la idoneidad de las medidas organizativas, procedimentales y de control implantadas, con la consiguiente identificaci\u00f3n de las iniciativas correctoras a adoptar con el fin de mitigarlo. <\/p><p><strong>Recursos econ\u00f3micos: <\/strong>activos de cualquier tipo, tangibles o intangibles, y activos, muebles o inmuebles, incluidos accesorios, accesorios y frutas, que no sean fondos pero que puedan utilizarse para obtener fondos, bienes o servicios, de propiedad, posesi\u00f3n o control, incluso parcial, directa o indirectamente, o a trav\u00e9s de una persona f\u00edsica o jur\u00eddica intermediaria, por personas designadas o por personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que act\u00faen en nombre o bajo la direcci\u00f3n de estas \u00faltimas.<\/p><p><strong>Sistema de control interno:<\/strong> el conjunto de normas, funciones, estructuras, recursos, procesos y procedimientos que tienen por objeto garantizar, de conformidad con una gesti\u00f3n sana y prudente, los siguientes fines:<\/p><ul><li>verificaci\u00f3n de la implementaci\u00f3n de estrategias y pol\u00edticas de la empresa;<\/li><li>contenci\u00f3n del riesgo dentro de los l\u00edmites indicados en el Marco de Apetito de Riesgo (\u00ab<strong>RAF\u00bb<\/strong>) de la Bolsa;<\/li><li>salvaguardar el valor de los activos y la protecci\u00f3n contra p\u00e9rdidas;<\/li><li>eficacia y eficiencia de los procesos comerciales;<\/li><li>confiabilidad y seguridad de la informaci\u00f3n de la empresa y los procedimientos de TI;<\/li><li>prevenci\u00f3n del riesgo de que la Bolsa est\u00e9 involucrada, incluso involuntariamente, en actividades ilegales (con especial referencia a las relacionadas con el lavado de dinero, la usura y el financiamiento del terrorismo);<\/li><li>cumplimiento de las operaciones con la ley y las normas de supervisi\u00f3n, as\u00ed como con las pol\u00edticas, reglamentos y procedimientos internos.<\/li><\/ul><p><strong>Beneficiario final:<\/strong> la persona o personas f\u00edsicas, distintas del Cliente, en cuyo inter\u00e9s o en cuya \u00faltima instancia se establece la relaci\u00f3n en curso, se presta el servicio profesional o se realiza la transacci\u00f3n.<\/p><p><strong>Tokens:<\/strong> los tokens se comparan con las criptomonedas, manteniendo diferentes funciones y atributos seg\u00fan el caso, que no son solo parte de la mera actividad de intercambio, sino que pueden proporcionar derechos espec\u00edficos a los titulares que los poseen. En cualquier caso, se gestionan digitalmente a trav\u00e9s de un monedero dedicado. <\/p><p><strong>Moneda virtual<\/strong>: la representaci\u00f3n digital de valor, no emitida por un banco central o autoridad p\u00fablica, no necesariamente vinculada a una moneda de curso legal, utilizada como medio de intercambio para la compra de bienes y servicios y transferida, almacenada y comercializada electr\u00f3nicamente.<\/p><p><strong>Cuenta virtual<\/strong>: la cuenta virtual de un cliente de la Bolsa, capaz de almacenar tokens y criptomonedas para permitir el funcionamiento normal del intercambio y la transferencia de los tokens pose\u00eddos. El intercambio determina qu\u00e9 tipo de tokens y criptomonedas administrar dentro de \u00e9l. <\/p><p><strong>Billetera:<\/strong> billetera o cuenta digital capaz de contener tokens y criptomonedas digitales.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-ef5c300 e-flex e-con-boxed wpr-particle-no wpr-jarallax-no wpr-parallax-no wpr-sticky-section-no e-con e-parent\" data-id=\"ef5c300\" data-element_type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-3450c38 elementor-widget elementor-widget-spacer\" data-id=\"3450c38\" data-element_type=\"widget\" data-widget_type=\"spacer.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-spacer\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-spacer-inner\"><\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>GLOSARIO DE CONDICIONES DE USO \u00cdndice Due diligence (KYC-KYB): actividad que consiste en: verificar la identidad del Cliente, cualquier Ejecutor y cualquier Beneficiario Final sobre la base de documentos, datos o informaci\u00f3n obtenidos de una fuente confiable e independiente; obtener informaci\u00f3n sobre el prop\u00f3sito y la naturaleza prevista de la relaci\u00f3n en curso y, cuando se adopte un enfoque basado en el riesgo, de la transacci\u00f3n ocasional; ejercer un control constante durante la relaci\u00f3n en curso. Gerente superior: un director o gerente general u otro empleado delegado por el \u00f3rgano de administraci\u00f3n o el gerente general para seguir las relaciones con los clientes de alto riesgo; el alto directivo tiene un conocimiento adecuado del nivel de Riesgo de Blanqueo de Capitales al que est\u00e1 expuesto el destinatario y tiene un nivel de autonom\u00eda suficiente para tomar decisiones capaces de afectar a este nivel de riesgo. Enfoque basado en el riesgo: indica un enfoque mediante el cual las autoridades competentes y las empresas identifican, eval\u00faan y comprenden los riesgos de blanqueo de capitales a los que est\u00e1n expuestas las empresas y toman contramedidas acordes con esos riesgos. Archivo Inform\u00e1tico \u00danico denominado AUI: un archivo, formado y gestionado por medio de sistemas inform\u00e1ticos, en el que toda la informaci\u00f3n adquirida en el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida se almacena de forma centralizada, de acuerdo con los principios previstos en el Decreto de Prevenci\u00f3n de Blanqueo de Capitales y en las medidas de aplicaci\u00f3n emitidas por los Reguladores. Actividad institucional: la actividad para la cual los destinatarios han obtenido el registro o la autorizaci\u00f3n de una Autoridad P\u00fablica. Banco Fantasma: banco (o intermediario financiero que desempe\u00f1a funciones similares a las de un banco) que no dispone de una estructura significativa en el pa\u00eds en el que se estableci\u00f3 y est\u00e1 autorizado para ejercer su actividad y no pertenece a un grupo financiero sujeto a una supervisi\u00f3n efectiva en base consolidada. Beneficiario de la prestaci\u00f3n del seguro: la persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica que, sobre la base de la designaci\u00f3n realizada por el tomador del seguro o el asegurado, tenga derecho a recibir la prestaci\u00f3n de seguro pagada por la empresa de seguros; cualquier persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica a la que se efect\u00fae el pago a instancias del beneficiario designado. Cliente\/Cliente: la persona que establece relaciones continuas o realiza transacciones con bolsas, intermediarios financieros y otras entidades que realizan actividades financieras, as\u00ed como con otros destinatarios de las obligaciones a las que se refiere el Decreto Antilavado de Dinero, normalmente tambi\u00e9n identificado con otros t\u00e9rminos, como usuarios, inversores, tomadores de seguros, tomadores de seguros, compradores, fideicomisarios, etc. Riesgo de cumplimiento: cumplimiento espec\u00edfico requerido por una regulaci\u00f3n determinada, para no incurrir en sanciones judiciales o administrativas, p\u00e9rdidas financieras significativas o da\u00f1os a la reputaci\u00f3n como resultado de violaciones de normas obligatorias (leyes, reglamentos) o autorregulaci\u00f3n (por ejemplo, c\u00f3digo de conducta, c\u00f3digo de conducta). Congelaci\u00f3n de fondos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, del movimiento, transferencia, modificaci\u00f3n, uso o gesti\u00f3n de fondos y criptomonedas o tokens en general o del acceso a los mismos, de forma que se modifique su volumen, importe, ubicaci\u00f3n, propiedad, posesi\u00f3n, naturaleza, destino o cualquier otro cambio que permita el uso de fondos, incluida la gesti\u00f3n de carteras. Congelaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, de la transferencia, la enajenaci\u00f3n o, con el fin de obtener fondos, bienes o servicios de cualquier forma, el uso de recursos econ\u00f3micos, incluida, entre otras, la venta, el arrendamiento, el alquiler o el establecimiento de garant\u00edas reales reales. Cuentas corrientes corresponsales y relaciones similares: cuentas mantenidas por bancos para la liquidaci\u00f3n de servicios interbancarios y otras relaciones, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, mantenidas entre instituciones de cr\u00e9dito e instituciones financieras, utilizadas para la liquidaci\u00f3n de transacciones por cuenta de los Clientes de las instituciones corresponsales. Cuentas de tr\u00e1nsito: relaciones bancarias corresponsales transfronterizas, mantenidas entre intermediarios bancarios y financieros y de intercambio, utilizadas para realizar transacciones en nombre propio y por cuenta de los clientes. Controles de l\u00ednea (los llamados \u00abcontroles de primer nivel\u00bb): el conjunto de controles destinados a garantizar el correcto desempe\u00f1o de las operaciones. Son llevados a cabo por las propias Estructuras Operativas (por ejemplo, controles jer\u00e1rquicos, sistem\u00e1ticos y por muestreo), tambi\u00e9n a trav\u00e9s de unidades dedicadas exclusivamente a tareas de control o supervisi\u00f3n que dependen de los jefes de las Estructuras Operativas, o realizadas como parte del back office; en la medida de lo posible, se incorporar\u00e1n a los procedimientos inform\u00e1ticos. Controles de riesgo y cumplimiento (los llamados \u00abcontroles de segundo nivel\u00bb): el conjunto de controles que tienen el objetivo de asegurar, entre otras cosas: la correcta implementaci\u00f3n del proceso de gesti\u00f3n de riesgos; el cumplimiento de los l\u00edmites operativos asignados a las distintas funciones; el cumplimiento de las operaciones de la empresa con las regulaciones, incluidas las autorreguladas. Las funciones responsables de estos controles son distintas de las operativas; Contribuyen a la definici\u00f3n de pol\u00edticas de gobernanza de riesgos y al proceso de gesti\u00f3n de riesgos. Contraparte: personas naturales y jur\u00eddicas que establecen una relaci\u00f3n comercial con la Bolsa (aunque no sean destinatarias de las obligaciones establecidas en el Decreto Antilavado de Activos). Pago de cobertura: la transferencia de fondos utilizada cuando no existe una relaci\u00f3n directa entre el proveedor de servicios de pago (PSP) del ordenante y el beneficiario y, por lo tanto, es necesario recurrir a una cadena de relaciones de correspondencia entre PSP. Tres o m\u00e1s PSP est\u00e1n involucrados en un pago de cobertura. Criptomoneda: Una criptomoneda es una moneda virtual que, seg\u00fan la definici\u00f3n del Banco de Italia, constituye una representaci\u00f3n digital de valor y se utiliza como medio de intercambio o se mantiene con fines de inversi\u00f3n. Las criptomonedas se pueden transferir, almacenar o comercializar electr\u00f3nicamente. Algunos ejemplos t\u00edpicos son Bitcoin, LiteCoin, Ripple, Ethereum, Cardano, Tron. 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Gerente superior: un director o gerente general u otro empleado delegado por el \u00f3rgano de administraci\u00f3n o el gerente general para seguir las relaciones con los clientes de alto riesgo; el alto directivo tiene un conocimiento adecuado del nivel de Riesgo de Blanqueo de Capitales al que est\u00e1 expuesto el destinatario y tiene un nivel de autonom\u00eda suficiente para tomar decisiones capaces de afectar a este nivel de riesgo. Enfoque basado en el riesgo: indica un enfoque mediante el cual las autoridades competentes y las empresas identifican, eval\u00faan y comprenden los riesgos de blanqueo de capitales a los que est\u00e1n expuestas las empresas y toman contramedidas acordes con esos riesgos. Archivo Inform\u00e1tico \u00danico denominado AUI: un archivo, formado y gestionado por medio de sistemas inform\u00e1ticos, en el que toda la informaci\u00f3n adquirida en el cumplimiento de las obligaciones de diligencia debida se almacena de forma centralizada, de acuerdo con los principios previstos en el Decreto de Prevenci\u00f3n de Blanqueo de Capitales y en las medidas de aplicaci\u00f3n emitidas por los Reguladores. Actividad institucional: la actividad para la cual los destinatarios han obtenido el registro o la autorizaci\u00f3n de una Autoridad P\u00fablica. Banco Fantasma: banco (o intermediario financiero que desempe\u00f1a funciones similares a las de un banco) que no dispone de una estructura significativa en el pa\u00eds en el que se estableci\u00f3 y est\u00e1 autorizado para ejercer su actividad y no pertenece a un grupo financiero sujeto a una supervisi\u00f3n efectiva en base consolidada. Beneficiario de la prestaci\u00f3n del seguro: la persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica que, sobre la base de la designaci\u00f3n realizada por el tomador del seguro o el asegurado, tenga derecho a recibir la prestaci\u00f3n de seguro pagada por la empresa de seguros; cualquier persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica a la que se efect\u00fae el pago a instancias del beneficiario designado. Cliente\/Cliente: la persona que establece relaciones continuas o realiza transacciones con bolsas, intermediarios financieros y otras entidades que realizan actividades financieras, as\u00ed como con otros destinatarios de las obligaciones a las que se refiere el Decreto Antilavado de Dinero, normalmente tambi\u00e9n identificado con otros t\u00e9rminos, como usuarios, inversores, tomadores de seguros, tomadores de seguros, compradores, fideicomisarios, etc. Riesgo de cumplimiento: cumplimiento espec\u00edfico requerido por una regulaci\u00f3n determinada, para no incurrir en sanciones judiciales o administrativas, p\u00e9rdidas financieras significativas o da\u00f1os a la reputaci\u00f3n como resultado de violaciones de normas obligatorias (leyes, reglamentos) o autorregulaci\u00f3n (por ejemplo, c\u00f3digo de conducta, c\u00f3digo de conducta). Congelaci\u00f3n de fondos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, del movimiento, transferencia, modificaci\u00f3n, uso o gesti\u00f3n de fondos y criptomonedas o tokens en general o del acceso a los mismos, de forma que se modifique su volumen, importe, ubicaci\u00f3n, propiedad, posesi\u00f3n, naturaleza, destino o cualquier otro cambio que permita el uso de fondos, incluida la gesti\u00f3n de carteras. Congelaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, de la transferencia, la enajenaci\u00f3n o, con el fin de obtener fondos, bienes o servicios de cualquier forma, el uso de recursos econ\u00f3micos, incluida, entre otras, la venta, el arrendamiento, el alquiler o el establecimiento de garant\u00edas reales reales. Cuentas corrientes corresponsales y relaciones similares: cuentas mantenidas por bancos para la liquidaci\u00f3n de servicios interbancarios y otras relaciones, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, mantenidas entre instituciones de cr\u00e9dito e instituciones financieras, utilizadas para la liquidaci\u00f3n de transacciones por cuenta de los Clientes de las instituciones corresponsales. Cuentas de tr\u00e1nsito: relaciones bancarias corresponsales transfronterizas, mantenidas entre intermediarios bancarios y financieros y de intercambio, utilizadas para realizar transacciones en nombre propio y por cuenta de los clientes. Controles de l\u00ednea (los llamados \u00abcontroles de primer nivel\u00bb): el conjunto de controles destinados a garantizar el correcto desempe\u00f1o de las operaciones. 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Gerente superior: un director o gerente general u otro empleado delegado por el \u00f3rgano de administraci\u00f3n o el gerente general para seguir las relaciones con los clientes de alto riesgo; el alto directivo tiene un conocimiento adecuado del nivel de Riesgo de Blanqueo de Capitales al que est\u00e1 expuesto el destinatario y tiene un nivel de autonom\u00eda suficiente para tomar decisiones capaces de afectar a este nivel de riesgo. Enfoque basado en el riesgo: indica un enfoque mediante el cual las autoridades competentes y las empresas identifican, eval\u00faan y comprenden los riesgos de blanqueo de capitales a los que est\u00e1n expuestas las empresas y toman contramedidas acordes con esos riesgos. 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Beneficiario de la prestaci\u00f3n del seguro: la persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica que, sobre la base de la designaci\u00f3n realizada por el tomador del seguro o el asegurado, tenga derecho a recibir la prestaci\u00f3n de seguro pagada por la empresa de seguros; cualquier persona f\u00edsica o entidad distinta de una persona f\u00edsica a la que se efect\u00fae el pago a instancias del beneficiario designado. Cliente\/Cliente: la persona que establece relaciones continuas o realiza transacciones con bolsas, intermediarios financieros y otras entidades que realizan actividades financieras, as\u00ed como con otros destinatarios de las obligaciones a las que se refiere el Decreto Antilavado de Dinero, normalmente tambi\u00e9n identificado con otros t\u00e9rminos, como usuarios, inversores, tomadores de seguros, tomadores de seguros, compradores, fideicomisarios, etc. Riesgo de cumplimiento: cumplimiento espec\u00edfico requerido por una regulaci\u00f3n determinada, para no incurrir en sanciones judiciales o administrativas, p\u00e9rdidas financieras significativas o da\u00f1os a la reputaci\u00f3n como resultado de violaciones de normas obligatorias (leyes, reglamentos) o autorregulaci\u00f3n (por ejemplo, c\u00f3digo de conducta, c\u00f3digo de conducta). Congelaci\u00f3n de fondos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, del movimiento, transferencia, modificaci\u00f3n, uso o gesti\u00f3n de fondos y criptomonedas o tokens en general o del acceso a los mismos, de forma que se modifique su volumen, importe, ubicaci\u00f3n, propiedad, posesi\u00f3n, naturaleza, destino o cualquier otro cambio que permita el uso de fondos, incluida la gesti\u00f3n de carteras. Congelaci\u00f3n de recursos econ\u00f3micos: la prohibici\u00f3n, en virtud de la normativa de la UE y de la legislaci\u00f3n nacional, de la transferencia, la enajenaci\u00f3n o, con el fin de obtener fondos, bienes o servicios de cualquier forma, el uso de recursos econ\u00f3micos, incluida, entre otras, la venta, el arrendamiento, el alquiler o el establecimiento de garant\u00edas reales reales. Cuentas corrientes corresponsales y relaciones similares: cuentas mantenidas por bancos para la liquidaci\u00f3n de servicios interbancarios y otras relaciones, cualquiera que sea su denominaci\u00f3n, mantenidas entre instituciones de cr\u00e9dito e instituciones financieras, utilizadas para la liquidaci\u00f3n de transacciones por cuenta de los Clientes de las instituciones corresponsales. Cuentas de tr\u00e1nsito: relaciones bancarias corresponsales transfronterizas, mantenidas entre intermediarios bancarios y financieros y de intercambio, utilizadas para realizar transacciones en nombre propio y por cuenta de los clientes. Controles de l\u00ednea (los llamados \u00abcontroles de primer nivel\u00bb): el conjunto de controles destinados a garantizar el correcto desempe\u00f1o de las operaciones. 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